Autor: CEIP INES DE SUAREZ
Impresos del colegio
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Sección Bilingüe
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Contamos con una sección bilingüe donde se imparten1h/semanal del área de Plástica y 1h/semanal del área Matemáticas en lengua inglesa en coordinación con los/las tutores/as del curso.
Objetivos
a) Mejorar y ampliar la competencia comunicativa de nuestros alumnos en inglés, con el fin de ayudarles a comprender el mundo en el que viven y comunicarse con personas de distintas culturas.
b) Favorecer que los alumnos se familiaricen con el uso del inglés en situaciones de aprendizaje de materias ajenas al estricto conocimiento del idioma, así como en las situaciones habituales de comunicación, tanto entre el profesor y los alumnos, como entre ellos mismos.
c) Promover la extensión del uso del idioma inglés en la vida del centro, la motivación y apoyo del profesorado que no es de inglés y su formación en el conocimiento y uso de esta lengua.
d) Formar a los alumnos en el dominio de una segunda lengua como medio para ofrecer igualdad de oportunidades en una zona desfavorecida.
e) Proporcionar a los alumnos distintas maneras de percibir y describir la realidad, favoreciendo el interés por otras culturas y formas de pensar y proporcionando una formación integral a los alumnos/as.
Auxiliar de Conversación (inglés)
Contamos con la ayuda de una persona nativa de lengua inglesa para ejercer de auxiliar de conversación y colaborar con la sección bilingüe del colegio.
Las personas auxiliares de conversación aceptarán el horario que les sea fijado en los centros de destino, asistirán al profesorado titular y desempeñarán las siguientes funciones:
a) Asistir al profesorado que imparte el área, materia o módulo profesional de Lengua Extranjera en el desarrollo de actividades de enseñanza-aprendizaje que contribuyan a la adquisición de la competencia lingüística en lengua extranjera, sobretodo en los aspectos más funcionales y comunicativos del idioma, procurando el perfeccionamiento lingüístico del alumnado y del profesorado, especialmente en lo relativo al refuerzo de las destrezas orales en la lengua extranjera objeto de estudio del alumnado. Sus funciones se ajustarán, preferentemente, al desarrollo de actividades relacionadas con el proyecto bilingüe, asistiendo al profesorado que imparte las áreas, materias o módulos profesionales en la lengua objeto del programa.
b) Apoyar al profesorado que imparte las asignaturas no lingüísticas en lengua extranjera, pudiendo incluirse en esta labor la actualización lingüística del profesorado. c) Desarrollar actividades culturales y/o lúdicas que faciliten el conocimiento de aspectos tales como la geografía, economía, costumbres, estilos de vida y temas de actualidad de sus países de origen.
d) Colaborar con el profesorado del centro en la elaboración y adecuación de materiales didácticos en la lengua extranjera correspondiente y trabajar con él de forma coordinada.
e) Colaborar en la creación de un ambiente plurilingüe e intercultural en el centro.
f) Proporcionar la información objetiva que sobre la evolución del aprendizaje del alumnado le sea solicitada por el profesorado responsable del área, materia o módulo profesional implicado,sin contravenir lo dispuesto en el punto 6.5 de esta Instrucción.
g) Con carácter voluntario, podrán participar en actividades complementarias y extraescolares organizadas por el centro al que estén asignados, sin que ello implique responsabilidad alguna del/la auxiliar sobre el alumnado participante ni sobre la actividad que se lleve a cabo. Dado que el auxiliar no puede tener responsabilidad directa alguna sobre el alumnado, en ningún momento ejercerá la labor correspondiente al profesorado acompañante ni sustituirá a este. Teniendo en cuenta que estas actividades pueden resultar muy formativas para el auxiliar, se recomienda que participe en ellas.
h) Asistir a las actividades de orientación y formativas que, para el mejor desempeño de sus funciones, organice la Secretaría General de Educación, entre ellas, las Jornadas de Formación a que se hace referencia en el punto 11 de esta Instrucción.
Programa de Frutas y Verduras
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Con el fin de promover el consumo de frutas y verduras en la población escolar, la Unión Europea, en el marco de la Organización Común de Mercados, acordó en 2009 cofinanciar con los Estados miembros interesados la distribución de estos productos en centros escolares para promover el consumo y contribuir a la promoción de hábitos saludables, la disminución de la obesidad y enfermedades asociadas.
Los centros educativos seleccionados deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a) Destinar las frutas y hortalizas subvencionadas exclusivamente al alumnado que haya sido seleccionado por el centro para la participación en el programa.
b) Mantener los productos suministrados en correctas condiciones de conservación, hasta el momento de la distribución al alumnado.
c) Consumir las frutas y hortalizas subvencionadas dentro de las instalaciones del centro y en el horario que coincida con la hora del recreo. Los productos no podrán ser objeto de distribución en el marco de las comidas escolares, ni fuera de los centros escolares.
d) Comprobar que las frutas y hortalizas suministradas coinciden con la cantidad, tipo de producto y calidad expresadas en el albarán de entrega. Cualquier incidencia detectada en el momento de la recepción de las frutas y hortalizas se deberá comunicar por escrito al Servicio de Ayudas y Regulación de Mercados (Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio). Un representante del colegio debidamente identificado deberá firmar y sellar los albaranes de entrega.
e) Formar y concienciar a los alumnos de la importancia de las frutas y hortalizas en la alimentación (medidas de acompañamiento).
f) Exponer de forma permanente en la entrada principal del centro, o en un lugar donde se pueda ver y leer claramente, el cartel que facilitará el distribuidor de las frutas y hortalizas, indicativo de que el centro escolar participa en el “Programa Escolar de Consumo de Frutas y Hortalizas” y que dicho programa cuenta con el apoyo financiero de la Unión Europea.
g) Hacer llegar a las familias la información que sea facilitada por el Servicio de Ayudas y Regulación de Mercados relativa a la participación del centro educativo en el programa.
h) Someterse a cualquier medida de control establecida por las autoridades competentes, en particular en lo que respecta a la comprobación de la ejecución del programa sobre el terreno.
i) Proporcionar los datos relativos a la aplicación del programa, con el fin de garantizar el seguimiento y evaluación del mismo, conforme establece el artículo 9 del Reglamento Delegado (UE) 2017/40 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2016.
j) Participar en las medidas educativas de acompañamiento que se pongan en marcha. Dichas medidas incluirán la realización de campañas o actividades destinadas a aumentar el consumo de los productos objeto del Programa Escolar y reconectar a los alumnos con la agricultura y la producción alimentaria, así como promover hábitos y conductas saludables vinculadas al consumo de dichos productos. El incumplimiento de cualquiera de los compromisos anteriores determinará la exclusión del centro educativo del Programa Escolar de Consumo de Frutas y Hortalizas del año siguiente y, en la siguiente convocatoria que efectúe su solicitud, la pérdida de los puntos asignados por la participación en convocatorias anteriores.

Plan de Acogida en Educación Infantil
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